Condena de 38,5 euros al ex notario de Calasparra

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El Tribunal Superior de Justicia de la Región  condena a un ex notario de Calasparra a pagar 38,5 euros a la señora limpieza

Un ex notario de Calasparra deberá abonar a la señora de la limpieza 38,5 euros por los servicios prestados por ésta durante el tiempo en que aquél ejerció como sustituto en la notaría hasta la llegada de la titular, según la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ).

La resolución, a la que ha tenido acceso Efe, desestima el recurso presentado por la trabajadora, que reclamó una indemnización mayor en atención a su antigüedad, y estima en parte el que presentó el notario contra la sentencia de un juzgado que lo condenó a pagar 236 euros y otros 1.400 euros como salarios de tramitación por despido improcedente.

La sentencia del TSJ señala que el Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia declaró como hechos probados que la demandante trabajó en la notaría, de forma ininterrumpida, desde el uno de abril de 2010 hasta el 31 de octubre de ese mismo año.

Al cesar ese último día el notario, su sucesora, que asumió el cargo el cuatro de noviembre siguiente, le comunicó que no contaba con ella, por lo que la trabajadora demandó a ambos ante la jurisdicción laboral.

El Juzgado desestimó la demanda contra la notaria y estimó la formulada contra su antecesor, fijando las citadas indemnizaciones al considerar improcedente el despido.

La decisión fue recurrida ante la Sala de lo Social por esta empleada y por el notario, con suerte desigual ante este tribunal superior.

Con respecto a la reclamación formulada contra la nueva notaria, los magistrados dicen que de acuerdo con el convenio colectivo estatal «aquélla no estaba obligada a subrogarse en la titularidad del contrato de trabajo de la demandante».

En cuanto al recurso de su antecesor, señalan que la consideración de despido improcedente hecha por el juez debe ser revocada, condenando al apelante a pagar solo 38,5 euros a la demandante como indemnización por terminación de su labor.

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