El Ayuntamiento de Cehegín aprueba una Ordenanza reguladora del aprovechamiento micológico en los montes

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La Ordenanza establece pautas para la correcta recolección de setas y níscalos y un régimen sancionador ante las prácticas prohibidas

El Ayuntamiento de Cehegín, a través de la Concejalía de Montes, ha aprobado una Ordenanza municipal reguladora del aprovechamiento micológico en los montes de Cehegín, así como para regular la recolección de hongos, níscalos y setas, en el término municipal. Así lo ha anunciado el concejal de Montes, Joaquín Marín, quien ha añadido que otro objetivo de la Ordenanza es el de “disminuir y eliminar en lo posible, los efectos indeseados que la actividad provoca en el monte y su ecosistema natural”.

El alcance de esta Ordenanza son las zonas forestales de titularidad municipal y también hace alusión a los sistemas y métodos de recogida. Así, especifica que las especies micológicas deberán cortarse por su tallo con algún instrumento cortante no debiendo arrancarse de raíz. Se dejarán sobre el lugar los ejemplares pasados, rotos o deteriorados y aquellos otros especímenes que no sean motivo de recolección. Los recipientes más adecuados para depositarlos serán los cestos de mimbre o de esparto. Y se limitará la recogida de estas especies micológicas a 5 kilos por persona y día.

En cuanto a prácticas prohibidas, la Ordenanza recoge la recogida de especies comestibles en su primera fase de desarrollo; la recogida con rastrillo u otras herramientas que puedan dañar al monte; remover el suelo indiscriminadamente, de forma que se altere la capa vegetal superficial; el abandono de residuos y basura en el monte, fuera de los lugares habilitados; el mal uso de los caminos públicos, cañadas y veredas que puedan causar perjuicio de los mismos y la emisión de ruidos, destellos luminosos y otras formas de emisiones que puedan perturbar la tranquilidad de las especies.

La Ordenanza, finalmente, estipula un régimen sancionador con infracciones consideradas leves, cuya multa es de hasta 50 euros; infracciones graves, desde 51 hasta 300 euros, e infracciones muy graves, de 301 hasta 1.000 euros.

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