Fernando Romera López y Alfonso Sanchez Marin, portavoz y viceportavoz del GMSocialista, ante el Juzgado comparecemos y como mejor proceda en derecho DECIMOS:
Que por medio del presente escrito venimos a formular DENUNCIA contra:
Los administradores de la Sociedad PARADOR DEL CONVENTO S.L., D. Miguel del Toro Soto, D. José-Manuel Villegas Martínez, D. Mariano Albaladejo Lucas y D. Fulgencio Belando Aragón, propietaria del Monasterio de las Madres Carmelitas Descalzas de Caravaca de la Cruz. Dicha sociedad tiene domicilio social en CALLE APOSTOLES, nº 10 – 30001 – MURCIA (se adjunta como Documentos números 1 y 2 nota simple informativa del Registro de la Propiedad de Caravaca de la Cruz del convento-monasterio e información mercantil de la Sociedad propietaria).
Los responsables de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de Murcia.
Cualesquiera otras personas que pudieran ser autores o responsables penalmente de los hechos que a continuación se relacionan.
Se basa la presente denuncia en la siguiente relación de HECHOS:
Primero.- A principios de diciembre de 2013, tuvimos conocimiento de que con motivo de la reciente cesión por un año al Excmo. Ayuntamiento de Caravaca del Monasterio de las Madres Carmelitas, los técnicos municipales se habían percatado, a finales del pasado mes de Noviembre, de que han desaparecido o han sido dañadas importantes partes integrantes y pertenencias del Catálogo del Monasterio de San José de las Madres Carmelitas Descalzas, declarado BIC con la categoría de Monumento por Decreto de 5 de Diciembre de 2003, BORM de 17 dic. 2003, (se adjunta como Documento nº 3), si bien esto ya fue denunciado por este Grupo Municipal por primera vez en escrito de fecha 27 febrero de 2013 (se adjunta copia como Documento nº 4) a la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura (en adelante Dirección General). De dicho escrito se le dio también traslado al Ayuntamiento de Caravaca mediante propuesta de Moción Conjunta con registro de entrada de fecha 1 de marzo de 2013 (Documento nº 5). Finalmente se redactó en parecidos términos una Moción Conjunta de todos los Grupos Municipales de fecha 25 de marzo de 2013 aprobada en su sesión de 7 de Mayo del Ayuntamiento Pleno (se adjunta certificación del Acta como Documento nº 6). Concretamente, tras la justificación de motivos, pedíamos:
“Se inste a la Dirección General de Bienes Culturales, en lo que proceda, a que:
Inspeccione el edificio del Convento e Iglesia, para detallar su estado de conservación y exigir a la empresa propietaria que se haga cargo de las obligaciones que le corresponden, con imposición de las sanciones y medidas cautelares que procedan.
Se certifique qué piezas del catálogo están en su lugar, su estado de conservación y cuales faltan, con la adopción en su caso de las medidas que procedan para su restitución.
Se obligue a la propietaria a permitir la visita pública al menos cuatro días al mes, en días y horas previamente señalados, todo ello según lo previsto en la Ley de Patrimonio Cultural de Murcia”, pues teníamos constancia de que faltaban, entre otras cosas, las puertas del retablo mayor y de que había problemas de filtraciones y humedades que estaban afectando a la Iglesia, por mal estado de las cubiertas.
Segundo.- No fue hasta el 3 de junio de 2013 cuando se produce la primera visita por parte de los técnicos de la citada Dirección General, a resultas de nuestra denuncia (se adjunta notificación de visita como Documento nº 7), realizando el Informe visita del Monasterio de fecha 25 de junio de 2013 (se adjunta como Documento nº 8), en el que se destacan fundamentalmente los problemas que habían en las cubiertas y en el que en sus conclusiones se da un plazo a la propietaria de 5 días para solucionarlos, amén de otros plazos para los estudios oportunos, si bien la empresa no ha realizado ninguna de las medidas que se le indicaban, ni se le volvió a requerir ni sancionar por ello, que sepamos, por parte de la administración competente.
Llama poderosamente la atención que los responsables de la citada Dirección General tardaran casi cuatro meses en efectuar la primera visita de inspección y realizar este informe, tras nuestra denuncia, y que en dicho informe no se haga la más mínima mención al estado de los elementos catalogados, pese a que ya habíamos denunciado que faltaban las puertas del retablo, siendo lo más fácil de comprobar, y máxime cuando habíamos pedido que se certificara qué piezas estaban en su lugar y cuáles no, petición que había sido secundada por acuerdo del propio Pleno del Ayuntamiento.
Tercero.- Lo que ahora se ha confirmado representa un auténtico expolio según el informe emitido en la visita del pasado día 4 de diciembre por los técnicos en Historia del Arte de la citada Dirección General, al que hemos tenido acceso, lo que es especialmente grave (se adjunta como Documento nº 9). Este documento se emite tras ser informada la Dirección General competente a resultas del informe mucho más detallado que realizan los técnicos municipales de fecha 28 de noviembre 2013 (Documento nº 10), tras tomar posesión por un año el Ayuntamiento, una vez firmado el Convenio de Cesión con la propietaria en fecha 22 de noviembre (Documento nº 11). Por tanto, consideramos cuando menos negligente el primer informe de la Dirección General.
Cuarto.- Podemos decir, sin lugar a dudas, que se ha consumado un auténtico expolio del Monasterio, fundamentalmente en la Iglesia. Entre lo que se ha constatado ahora hay un total de 32 elementos que han desaparecido y en algunos casos tras ser literalmente “arrancados”, ocasionando daños considerables en los cinco retablos de la Iglesia, que se han quedado desprovistos de buena parte de su ornamentación, quedando también afectado el órgano, al que le falta toda la trompetería, siendo uno de los más valiosos órganos de la península, y de los pocos que quedan de estas características.
Todo ello ha sucedido al parecer, sin violentar ningún acceso, pues todo lo que falta ha debido ser retirado o sustraído en los dos ó tres últimos años, a partir de la última vez que se abrió al público a principios de 2009, en buena parte de los casos se supone que con ayuda de andamiaje, sin signos evidentes de haber forzado puertas o ventanas para acceder, arrancando algunas partes de los retablos, con escaso cuidado, y teniendo en cuenta que algunas pertenencias eran voluminosas y pesadas como las puertas del retablo, que no se pueden sacar más que por los accesos principales, por lo que suponemos puede ser difícil la actuación de personas ajenas a los propietarios. Nos sorprende que no se hayan tomado medidas antes, pese a nuestra denuncia de hace casi un año, e igualmente no tenemos constancia de cuáles han sido los requerimientos que en este caso se le hayan podido hacer a la empresa propietaria, ni tampoco nos consta que se haya procedido a cursar denuncia por parte de la Dirección General de Bienes Culturales, siendo de su competencia según lo previsto en la Ley de Patrimonio en su art. 77, punto 2, que dice: “La dirección general con competencias en materia de patrimonio cultural, sin perjuicio de lo dispuesto en el presente artículo, emprenderá ante los órganos jurisdiccionales competentes las acciones penales que correspondiesen por los actos delictivos en que pudiesen incurrir los infractores”.
Quinto.- Desde el Grupo Municipal Socialista -GMSocialista – advertimos, ante estos hechos, cuando menos una evidente dejación en sus competencias de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, competencias por la que le corresponde la tutela de todos los BIC en virtud de lo previsto en la Ley 4/2007 de Patrimonio Cultural de la Región de Murcia (Ley de Patrimonio). Es evidente la falta de supervisión y de adopción de las medidas previstas ante nuestra denuncia, dejación que se materializó con anterioridad desde que la Iglesia y Convento se declaró BIC en 2003, con la categoría de monumento, permitiendo que oficialmente las monjas se llevaran las dos campanas antes de abandonar el Convento (se adjuntan como Documentos números 12, 13 y 14).
Sexto.- En cuanto a la empresa propietaria, PARADOR DEL CONVENTO S.L., el Art. 8 de la Ley de Patrimonio, en cuanto a los bienes integrantes del patrimonio cultural, establece el deber de: ap. a) “conservarlos, custodiarlos y protegerlos….”. No puede entenderse que la empresa haya cumplido con sus obligaciones y nos cuesta creer que sea ajena a todo lo que ha desaparecido pues por el modo en que ha sucedido se presume que todo apunta al entorno de la empresa propietaria, ya sea por acción o por omisión, ante la inacción de la Dirección General competente. En este sentido, seguimos sin obtener respuesta al escrito que presentamos de fecha 10 de diciembre de 2013, solicitando a la citada Dirección General la adopción de las medidas oportunas e información de las actuaciones realizadas (Documento nº 15).
Es importante señalar que todos bienes catalogados que han sido dañados o sustraídos, han desaparecido después de la Navidad del 2008 al 2009, última vez que estuvo la Iglesia abierta al público con el Belén Municipal, de lo que adjuntamos noticia y foto que le acompañaba sobre el evento, sin que se advirtiese por aquel entonces que nada faltara (Documento nº 16), y es a partir de esa fecha cuando por un lado la Sociedad Parador del Convento tenía descartado, con el estallido de la crisis, el proyecto de hotel de 4 estrellas, y a su vez se hacen patentes los problemas entre el Ayuntamiento y la UTE Caravaca, a cuyo frente están precisamente tres de los empresarios citados en el encabezamiento de esta denuncia. Tal es así que en agosto de 2009 la UTE Caravaca pide la resolución del contrato para la construcción de varias obras y de un nuevo campo de fútbol y uno de lo principales promotores, Construcciones Villegas, principal implicado en la rehabilitación del edificio para uso hotelero, empieza a tener serios problemas económicos-financieros y no tardará en entrar en concurso de acreedores. Al desestimar el Ayuntamiento las pretensiones de la UTE, se presenta recurso contencioso administrativo formulado por la representación de la citada UTE CARAVACA, siendo finalmente condenado el Ayuntamiento en Sentencia número 269, de 24 de junio de 2011, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 5 de Murcia, después ratificada por el TSJ de Murcia. Por tanto, no es casualidad que la Iglesia no vuelva abrirse al público desde enero de 2009, puesto que el Ayuntamiento suponemos no lo solicita, ni la propietaria debía tener interés en ello, sin que tampoco la administración competente le exija el cumplimiento de sus obligaciones en lo que a la apertura y conservación del edificio se refiere.
Séptimo.- Sabemos que dos Concejales del equipo de gobierno del Ayuntamiento, concretamente el Concejal de Urbanismo y la Concejal de Cultura, presentaron denuncia el pasado 10 de diciembre de 2013 ante el Equipo de Policía Judicial de la Guardia Civil de esta localidad, junto con uno de los propietarios de la Sociedad Parador del Convento, (se adjunta copia de la citada denuncia como Documento nº 17), para lo que previamente a éste se le citó por parte del Ayuntamiento para que junto con los expresados concejales, se personara en el Cuartel de la Guardia Civil de Caravaca a formular denuncia, adjuntando a la misma el informe de los técnicos municipales anteriormente señalado como Documento nº 10. No obstante, consideramos que esto no debe eximir de la responsabilidad en que hayan podido incurrir los propietarios del edificio, máxime en vistas de que de “motu propio” parece evidente la citada empresa nada hubiese denunciado.
Octavo.- No se debería descartar que dentro del entorno de la Sociedad propietaria del Monasterio de las Madres Carmelitas, pretendiesen obtener importante beneficio económico, presuntamente, con el expolio y venta de las pertenencias catalogadas de considerable valor artístico e histórico, fundamentalmente de la Iglesia, en vistas del fallido proyecto hotelero, y ante el fiasco de las obras del contrato para construir un nuevo estadio de futbol y otras instalaciones y reformas urbanas, que los tenía encallados y de pleitos con el Ayuntamiento, dado el voluminoso contrato de las obras adjudicadas a la citada UTE Caravaca, de la que también D. Miguel del Toro Soto, D. Jose Manuel Villegas Martínez y D. Fulgencio Belando Aragón eran propietarios de las empresas integrantes.
Por lo expuesto, del Juzgado SOLICITAMOS:
Que tenga por presentado este escrito, por formulada DENUNCIA por los hechos relatados, contra D. Miguel del Toro Soto, D. Jose Manuel Villegas Martínez, D. Mariano Albaladejo Lucas y D. Fulgencio Belando Aragón, así como contra los responsables de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de Murcia y cualesquiera personas responsables de los hechos denunciados, tramitándose la misma por los cauces legalmente establecidos.
Es Justicia que solicitamos en Caravaca de la Cruz, a diecinueve de febrero de dos mil catorce.-
PSOE Caravaca de la Cruz.
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